top of page

NUESTROS DOCUMENTOS

"DONDE EXISTE UNA NECESIDAD, NACE UN DERECHO" (Evita)

Primeros pasos de una política nacional para saldar una carencia.

Nuestro Gobierno, origina a partir del Decreto 902/2012 una Política de Estado fuertemente vinculada con nuestro quehacer profesional.                                   
Donde dentro de sus primeros pasos, hoy ya se concretó el primer sorteo para los postulantes del plan de créditos hipotecarios PRO.CRE.AR.

Esta herramienta facilita el acceso a la vivienda propia. Contribuye a subsanar la demanda que aún permanece insatisfecha y que se viene arrastrando desde la época del neoliberalismo. De esta forma se sigue profundizando, en sintonía fina lo que se viene realizando, a trazos más grueso, en materia de vivienda.
 

Hasta aquí

En función de lo anterior, entre mayo de 2003 y diciembre de 2011, se implementaron trece programas de vivienda concretando a la fecha 900.700 soluciones habitacionales. Este plan se suma a las iniciativas anteriores que seguirán ejecutándose con las mismas partidas asignadas originalmente.

 

Basado

El origen de la medida puede bien encontrarse en el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional, aquel que postula la obligación de garantizar la seguridad social para todos los ciudadanos e incluye en este marco el derecho a una vivienda digna.

Además de que la política nacional de desarrollo que se lleva hoy adelante tiene como pilares fundamentales, redoblar la apuesta del Estado a un modelo de crecimiento con inclusión social, en la creación de empleo y en el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.

Es así que el mismo constituye el mayor plan de viviendas de los últimos treinta años, logro sólo posible debido a la fuerte convicción política de que el acceso a la vivienda es uno de los pilares de la justicia social.

Surge también y vale el remarcarlo , ante una falta hasta el día de hoy de una política hipotecaria, ya que la oferta de créditos en los principales bancos públicos y privados en Argentina tienen condiciones que resultan altamente restrictivas para los potenciales demandantes de distintos niveles de ingresos. En particular, las personas de menores ingresos cuentan con una baja posibilidad de tomarlos, ya que los créditos ofrecidos tienen plazos y cuotas iniciales que determinan topes máximos de los montos otorgados que cubren sólo parcialmente el valor total de la vivienda, restringiendo la utilidad de tales créditos sólo a aquellos que cuentan con una importante capacidad de ahorro.

Justamente este Plan no es para comprar viviendas hechas, estos créditos son solamente para construir viviendas nuevas. Si no se estaría planteando la generación de una burbuja inmobiliaria y favoreciendo a las personas que ya tienen un inmueble y que quieren venderlo para obtener una rentabilidad, una ganancia y aplicarla a otras cuestiones.

Puntos a Resaltar

  • ·         El Decreto 902/2012, sustento legal de la iniciativa, crea el fondo fiduciario publico Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), “cuyo objeto es facilitar el acceso a la vivienda propia de la población y la generación de empleo como políticas de desarrollo económico y social”.

  • ·         En particular el sector de la construcción, en virtud de su estrecha relación entre el empleo y el nivel de producto “empleo-producto”, tiene gran capacidad de generación de puestos de trabajo por lo que, la facilitación de su financiamiento y el incremento de la obra pública potenciarán el desempeño de este sector, brindando un importante efecto económico multiplicador sobre el producto y el empleo.

  • ·         Resulta relevante la creación de instrumentos financieros estratégicos que impulsen la construcción para, por un lado, atender las necesidades de acceso a la vivienda única y permanente de toda la población y, por otro lado, dinamizar sectores productivos claves para la generación de empleo.

  • ·         Es una herramienta para saldar el acceso al suelo y a la vivienda, vinculada estrechamente a la necesidad concreta y a una partida presupuestaria de 20.000 Millones en 4 años. Comenzando por una fuerte definición política

 

  • ·         Para lograr este objetivo

    •    Se constituye un FONDO FIDUCIARIO con recursos públicos para atender

      • §  en forma integral el desarrollo de proyectos urbanísticos destinados a familias

      • §  así como para otorgar créditos para la adquisición o para la construcción de viviendas.
         

    •   El mismo cuenta con un Comité Ejecutivo integrado por aquellas áreas del Estado Nacional con injerencia en la materia para el cumplimiento del objeto del Fondo: 

      • §  Secretario de Política Económica Y Planificación del Desarrollo del Ministerio De Economía Y Finanzas Publicas

      • §  el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

      • §  el Secretario de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública Y Servicios 

      • §  el Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Administración De Bienes. (ONABE)

    •   Es el Banco Hipotecario el administrador de los bienes que se transfieren y cuya función será administrar los recursos del fideicomiso (cabe recordar que el ex Banco Hipotecario Nacional fue históricamente la herramienta primordial del Estado Nacional en materia de fomento y desarrollo del acceso a la vivienda por parte de los distintos estratos sociales de la población y que hoy cuenta con una composición accionaria mixta, con participación estatal mayoritaria )

    • o   El patrimonio del FONDO estará constituido por los siguientes bienes:

      • §  Los recursos provenientes del Tesoro Nacional que le asigne el Estado.

      • §  Los bienes inmuebles que le transfiera en forma directa el Estado Nacional incluidos en el Anexo - previa delimitación definitiva de los predios a partir de un estudio técnico, catastral y dominial a cargo del ONABE y su tasación por parte del Tribunal de Tasaciones de La Nación.

(En 22 Provincias – 22 inmuebles del ONABE + 21 de la ADIF + 21 de Defensa + 22 de Radio y Televisión Argentina SA + el ONABE podrá realizar relevamientos para proponer al Comité Ejecutivo la incorporación al Fondo de nuevos inmuebles- de los organismos antes mencionados; que cedan a tal efecto las provincias que deseen adherirse, o sobre terrenos aportados por desarrolladores privados)

  • §  Los ingresos obtenidos por emisión de valores fiduciarios de deuda + El producido de sus operaciones, la renta, frutos e inversión de los bienes fideicomitidos + Otros aportes, contribuciones, subsidios, legados o donaciones específicamente destinados al Fondo.

  •     Los bienes fideicomitidos se destinarán:

      • §  A la construcción de viviendas y desarrollo integral de proyectos urbanísticos e inmobiliarios para el acceso a la vivienda familiar

      • §  Al otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición o para la construcción de viviendas familiares, únicas y permanentes 
         

  •    Características del Programa
    • §  En el caso de los que posean terreno se dará un período de gracia de 9 o 12 meses para que comiencen a pagar una vez terminada la vivienda, y en el caso de los que no poseen tierra el tiempo dependerá de cada desarrollo en particular, donde en terrenos fiscales se construirán complejos habitacionales.

    • §  al beneficio "se podrá acceder con o sin terreno".

    • §  la adjudicación se va a realizar a través de sorteos de Lotería Nacional para garantizar la transparencia

    • §  las tasas de interés oscilan entre un 2 y un 14 por ciento de acuerdo a los ingresos de los que accedan a la misma y que el monto máximo de los préstamos será de 350 mil pesos.

    • §  Los plazos de las hipotecas varían entre los 20 y 30 años.

 

El objetivo es desafiante.

“Por sus metas, es el plan más ambicioso que haya conocido la Argentina en las últimas décadas en materia de la promoción del acceso a la vivienda con participación. Tendrá un enorme impacto en la actividad económica y una perspectiva de crear miles de puestos nuevos de trabajo en forma directa en el primer año de implementación. Garantiza que las tierras fiscales pasen a manos de los argentinos que las necesitan para su primera vivienda, pudiendo acceder a ellas por mecanismos transparentes y precios razonables, alejados de la especulación financiera que existe sobre la tierra. Ayuda a sostener la actividad y el empleo en medio de una coyuntura internacional cada vez más compleja y promueve sinergias entre fondos públicos (Anses y del Tesoro Nacional) con gerenciamiento privado a cargo del Banco Hipotecario.
 

Como decía Néstor: “Estamos bien y vamos por más” 

 

DOCUMENTO 17.
PROCREAR. Julio 2012
bottom of page